lunes, 23 de abril de 2012

La unión de hecho. Generalidades y trámite.


Estimados lectores, reciban un atento saludo. En esta oportunidad me permito referirme a los aspectos y lineamientos generales de la unión de hecho. Muchas de las personas que realizan con mi persona la consulta jurídica, se acercan a encontrar soluciones de problemas inexistentes. En mi criterio del desconocimiento sobre los derechos y deberes que se contraen en la unión de hecho, provoca que existan dudas, las mismas que a continuación intentaré aclarar.

En definición general, los comparecientes son dos personas que por sus propios derechos y sin que medio falta de voluntad se unen libres de vinculo matrimonia, o en otras palabras, “La unión estable y monogámica de un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señala este Código, generarán los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio, inclusive en lo relativo a la presunción legal de paternidad y a la sociedad conyugal. La unión de hecho estable y monogámica de más de dos años entre un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente, da origen a una sociedad de bienes”, como lo establece en el artículo 222 del Código Civil. 

En la actualidad, se ha sentado un precedente histórico, en virtud que personas del mismo sexo también pueden evoar a la unión de hecho, basándose en lo establecido en el artículo 68 de la Constitución Política de la República, la cual indica que: "La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la Ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio”.

Para el registro de la unión de hecho, se lo debe hacer mediante minuta, con firma de un abogado patrocinador. El escrito debe encontrarse similar a los términos siguientes del modelo que consigno:


Señor Notario (definir de que Cantón):

Nosotros (nombres completos de los comparecientes), ecuatorianos, solteros, de (definir años) años de edad, (definir las profesiones y oficios de cada uno) respectivamente, domiciliados en esta ciudad, ante usted comparecemos y decimos:
1.       La designación del Notario ante quien proponemos esta petición queda hecha.

2.         Nuestros nombres y más generales de Ley también quedan indicados.

3.        Antecedentes:

a) Desde el (definir fecha) los comparecientes mantenemos unión de hecho estable y monogámica;

b) Nuestra intención ha sido y es la de vivir juntos, procrear y auxiliarnos mutuamente; y,

            c) Durante todo este tiempo nos hemos tratado como marido y mujer, incluso en nuestras relaciones sociales, habiendo sido recibidos por nuestros parientes, amigos y vecinos de tal manera.

4.        Petición: De conformidad con el Art. 18 numeral 26 de la Ley Notarial, le solicitamos que se sirva receptar y solemnizar nuestras declaraciones sobre la existencia de la unión de hecho. Para que usted, señor notario obre con mayor elemento de juicio, acompañamos los certificados de dos personas honorables y conocidas en el medio, que acreditan sobre nuestra relación.

5.          La cuantía por su naturaleza es indeterminada.

6.            El trámite es el especial fijado en la Ley Notarial. Señalamos el casillero judicial N° (numero de casillero judicial) para posteriores notificaciones y facultamos al Abogado que suscribe con nosotros, para que en nuestro nombre y representación firme cualquier escrito relacionado con este asunto hasta su conclusión.

Dígnese atendernos,

f) (Nombre de uno de los comparecientes).
CC.

f) (Nombre de uno de los comparecientes).
CC.

f) El Abogado


En caso de alguna pregunta respecto a solemnizar uniones de hecho y otros requisitos, no dude en escribirme. Recuerden siempre que la “Justicia es el hábito de dar a cada quien lo suyo” como lo dijo ese celebre pensador llamado Ulpiano.



viernes, 20 de abril de 2012

Aspectos generales para la salida de un menor de edad del país.


Estimados lectores, reciban mis saludos una vez más. En esta ocasión, me permito poner a su conocimiento algunos aspectos y requisitos para la salida del país de un menor de edad. Tomando como referencia que un menor de edad necesita siempre la autorización y representación legal, existen requisitos previos que se contemplan y se describen de la siguiente manera:

Salida de ecuatorianos Niños, niñas y adolescentes:

 Pasaporte válido y vigente;
 Cédula de identidad
 Visa si requiere el país de destino
 Autorización de salida del país otorgada po r autoridad competente o
notario, cuando viajen solos o en compañía de uno de sus padres.
 Los menores ecuatorianos que demuestren ser residentes en otro
país y permanezca en el Ecuador un tiempo menor a 90 días, no
requiere de autorización de salida.

Salida de inmigrantes Niños, niñas y adolescentes:
 Pasaporte válido y vigente;
 Cédula de identidad
 Censo
 Visa si requiere el país de destino
 Autorización de salida del país otorgada por autoridad competente o
notario, cuando viajen solos o en compañía de uno de sus padres.
 Los menores ecuatorianos que demuestren ser residentes en otro
país y permanezca en el Ecuador un tiempo menor a 90 días, no
requiere de autorización de salida.
Autorizaciones.

Cuando los niños salen con uno solo de los padres, según lo establecido en el artículo 110 del Código de la Niñez y de la Adolescencia ecuatoriano, se deberá otorgar la autorización de salida ante el Juez o un Notario Público. En casos de negativa, ausencia o incapacidad del padre o de la madre, el otro podrá solicitarla al Juez, quien la otorgará o denegará, con conocimiento de causa, en un plazo no mayor de quince días.
En mi experiencia, puedo deducir la facilidad de realizar este trámite en una notaria, con la firma de un abogado patrocinador. Un modelo básico de minuta que se debe tomar en cuenta es el siguiente:

SEÑOR NOTARIO
            Sírvase incorporar en el Registro de Escrituras Públicas a su cargo una de la cual conste el presente poder especial contenido en las siguientes cláusulas:
 PRIMERA.-COMPARECIENTES:.- Comparece a la celebración del siguiente instrumento ……………….., portador de la Cédula de Ciudadanía Número ……………….., de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, de estado civil …………….  domiciliado en la ciudad de ……………., legalmente capaz por sus propios derechos y por medio del presente instrumento, confiere poder especial, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere a favor de ………………., portador de la Cédula de Ciudadanía Número ……………, de nacionalidad ……………., mayor de edad, de estado civil …………….., de profesión ………………, domiciliado en la ciudad de ……………, para que realice a su nombre y representación lo que lo que estipula a continuación.-
SEGUNDA.- De conformidad con la partida de nacimiento que acompaño, se desprende que somos padres de  ……………… de …………. años de edad,  nacida en esta ciudad de ……….., el …………..(días, mes y año), portadora de la cédula de Ciudadanía número …………..
TERCERA.- a) Otorgar permiso para que la señora ……………… me represente en todos los asuntos relacionados con mi hija menor de edad ………………..; y, quede autorizada para la salida del país de mi hija/o menor de edad, en razón que irá de vacaciones (por ejemplo )hasta la ciudad de ………… en la República de ………. Por lo antes expuesto por intermedio del presente poder autorizo a mi hija/o pueda salir del país en compañía de su madre/padre,  en concordancia a la disposición contenida en el Art. 109 y 110  del Código de la Niñez y de la Adolescencia.  En tal virtud en momento alguno no podrá alegarse falta o insuficiencia de poder para el desempeño de las gestiones que realice a mi nombre, por estar amparada en el Código Civil Vigente.
CUARTA.- Mi hija/o conjuntamente con mi cónyuge por motivo de vacaciones viajaran  fuera del país a la ciudad de ………….. en la República de ………….., se hospedarán en la casa de los abuelos maternos (por ejemplo), ubicada en Calle ………………, y se encontraran fuera del país por un tiempo aproximado de ……….. (cantidad de días por ejemplo). Saldrán el día ……………. en vuelo de la compañía ……… con destino de …………, y el regreso será el ………………., en vuelo de la compañía ……….. con destino de ……………….
CUARTA.- DE LA TERMINACION DEL PODER.-Este poder terminará por las causas previstas en el Código Civil y en caso de revocatoria, se presentará ante el señor Notario escritura pública que deje sin efecto a la presente debiendo marginarse tal revocatoria.-
QUINTA.- DE LA ACEPTACION.- El señor/a …………………. acepta expresamente el encargo que se le hace, comprometiéndose a cumplirlo. Declarando que para el ejercicio de sus funciones se somete a las reglas del mandato previstas en el Código Civil.
             Usted Señor Notario, dígnese agregar las demás cláusulas de  estilo para la plena validez de ésta autorización.
(NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR)
Mat.- Prof.- ……… 

Estimados lectores, en caso de existir cualquier duda referente a la salida de un menor de edad del país, favor escribir y con gusto serán atendidos. Recuerden siempre que la “Justicia es el hábito de dar a cada quien lo suyo” como lo dijo ese celebre pensador llamado Ulpiano.