viernes, 20 de abril de 2012

El Registro Único de Proveedores


Estimados lectores, envió mis saludos una vez más a todos ustedes. Valga la oportunidad para mencionar que en el contexto actual dentro de las actividades comerciales que ejercen personas naturales y jurídicas, el interactuar con el estado ecuatoriano mediante los sistemas de contratación pública, otorga oportunidades para volverse proveedor del mismo.

Hoy en día, las personas y empresas que llevan actividades comerciales deben tener conocimiento pleno de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General de aplicación, así como las Resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Contratación Pública –INCOP-, el mismo que es el organismo rector de las disposiciones para la adquisición de bienes y servicios con el estado.

A continuación me permito dejar a ustedes el enlace virtual de la resolución INCOP No 052-2011, de once de octubre de 2011, en donde puede encontrar los requisitos mínimos para obtener el Registro Único de Proveedores.


El enlace en donde constan los requisitos para obtener el RUP es el siguiente:


En caso de alguna pregunta respecto a obtención de RUP y otros requisitos, así como para presentar ofertas en los procesos de contratación pública en las instituciones públicas, no dude en escribirnos. Como siempre señalo lector, cualquier duda que existiera, favor escribir y con gusto serán atendidos. Recuerden siempre que la “Justicia es el hábito de dar a cada quien lo suyo” como lo dijo ese celebre pensador llamado Ulpiano.

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