lunes, 23 de abril de 2012

La unión de hecho. Generalidades y trámite.


Estimados lectores, reciban un atento saludo. En esta oportunidad me permito referirme a los aspectos y lineamientos generales de la unión de hecho. Muchas de las personas que realizan con mi persona la consulta jurídica, se acercan a encontrar soluciones de problemas inexistentes. En mi criterio del desconocimiento sobre los derechos y deberes que se contraen en la unión de hecho, provoca que existan dudas, las mismas que a continuación intentaré aclarar.

En definición general, los comparecientes son dos personas que por sus propios derechos y sin que medio falta de voluntad se unen libres de vinculo matrimonia, o en otras palabras, “La unión estable y monogámica de un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señala este Código, generarán los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio, inclusive en lo relativo a la presunción legal de paternidad y a la sociedad conyugal. La unión de hecho estable y monogámica de más de dos años entre un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente, da origen a una sociedad de bienes”, como lo establece en el artículo 222 del Código Civil. 

En la actualidad, se ha sentado un precedente histórico, en virtud que personas del mismo sexo también pueden evoar a la unión de hecho, basándose en lo establecido en el artículo 68 de la Constitución Política de la República, la cual indica que: "La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la Ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio”.

Para el registro de la unión de hecho, se lo debe hacer mediante minuta, con firma de un abogado patrocinador. El escrito debe encontrarse similar a los términos siguientes del modelo que consigno:


Señor Notario (definir de que Cantón):

Nosotros (nombres completos de los comparecientes), ecuatorianos, solteros, de (definir años) años de edad, (definir las profesiones y oficios de cada uno) respectivamente, domiciliados en esta ciudad, ante usted comparecemos y decimos:
1.       La designación del Notario ante quien proponemos esta petición queda hecha.

2.         Nuestros nombres y más generales de Ley también quedan indicados.

3.        Antecedentes:

a) Desde el (definir fecha) los comparecientes mantenemos unión de hecho estable y monogámica;

b) Nuestra intención ha sido y es la de vivir juntos, procrear y auxiliarnos mutuamente; y,

            c) Durante todo este tiempo nos hemos tratado como marido y mujer, incluso en nuestras relaciones sociales, habiendo sido recibidos por nuestros parientes, amigos y vecinos de tal manera.

4.        Petición: De conformidad con el Art. 18 numeral 26 de la Ley Notarial, le solicitamos que se sirva receptar y solemnizar nuestras declaraciones sobre la existencia de la unión de hecho. Para que usted, señor notario obre con mayor elemento de juicio, acompañamos los certificados de dos personas honorables y conocidas en el medio, que acreditan sobre nuestra relación.

5.          La cuantía por su naturaleza es indeterminada.

6.            El trámite es el especial fijado en la Ley Notarial. Señalamos el casillero judicial N° (numero de casillero judicial) para posteriores notificaciones y facultamos al Abogado que suscribe con nosotros, para que en nuestro nombre y representación firme cualquier escrito relacionado con este asunto hasta su conclusión.

Dígnese atendernos,

f) (Nombre de uno de los comparecientes).
CC.

f) (Nombre de uno de los comparecientes).
CC.

f) El Abogado


En caso de alguna pregunta respecto a solemnizar uniones de hecho y otros requisitos, no dude en escribirme. Recuerden siempre que la “Justicia es el hábito de dar a cada quien lo suyo” como lo dijo ese celebre pensador llamado Ulpiano.



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